La visa J-1 es emitida para personas con fines académicos, profesores y estudiantes de intercambio que participan en programas de intercambio cultural. Una de las preguntas que recibimos con mayor frecuencia sobre esta visa es: ¿Puedes casarte con una visa J-1 y obtener la residencia permanente? Te mostraremos la respuesta y cuál es tu mejor opción.
¿Puedes casarte si tienes una visa J-1?
Sí, puedes casarte teniendo una visa J-1, pero debes asegurarte de que tu visa esté vigente y no hayas incumplido ninguna de sus condiciones antes de hacerlo. Sigue leyendo y te diremos todo lo que debes saber y qué posibles obstáculos tendrás (y las formas de evitarlos).
Legalmente, nada impide que un titular de una visa J-1 se case con un ciudadano de los Estados Unidos. Sin embargo, es posible que el titular de la J-1 no sea elegible de inmediato para obtener la residencia condicional o permanente en los Estados Unidos (es decir, obtener una Green Card), especialmente si está sujeto al requisito de «los dos años de presencia física en el país de origen».
Como titular de una visa J-1, tienes libertad de casarte con un ciudadano de los Estados Unidos, pero debes regresar a tu país de residencia antes de que puedas calificar para la residencia.
Obtener una visa J-1 significa que formas parte de un programa de intercambio cuyo objetivo es promover el intercambio cultural. Si te quedas en los Estados Unidos después de finalizar tu período como visitante de intercambio, sin regresar a tu país de origen y compartir o utilizar lo que has aprendido, ese objetivo no se habrá cumplido.
Por esta razón, las visas J-1 suelen tener el requisito de que el titular regrese a su país al finalizar el plazo de la visa y espere dos años antes de intentar regresar con otra visa, como una visa tipo H, L, K, o para solicitar una residencia por matrimonio.
Requisito de presencia física en el país de origen por dos años
Aunque no hay ninguna prohibición para casarte con una visa J-1, lo más probable es que debas regresar a tu país de origen durante un período de 2 años. A continuación, te presentamos los tipos de programas que normalmente requieren que los participantes de visas J-1 estén sujetos al requisito de los dos años de presencia física en el país de origen.
Programas de intercambio patrocinados por el gobierno
En otras palabras, el programa fue financiado en su mayoría, ya sea directa o indirectamente, por el gobierno de los Estados Unidos o el gobierno del país de origen del visitante de intercambio.
Educación médica para graduados o programas de entrenamiento
Si estás realizando una residencia médica con tu visa, es probable que estés sujeto al requisito de los dos años en tu país de origen.
Programas para enseñar conocimiento especializado o habilidades
Si eres de un país en el que tu área de estudio carece de conocimientos especializados o habilidades específicas necesarias para el desarrollo de ese país, se aplicará el requisito de los dos años El Departamento de Estado tiene esta lista en la página “Exchange Visitor Skills List” de su sitio web.
Visa J-1: ¿Cómo puedo saber si debo regresar a mi país por 2 años?
Verifica el certificado de elegibilidad (Formulario DS-2019) que recibiste de tu patrocinador de programa. Este certificado incluye un espacio que indica si estás sujeto al requisito de residencia extranjera.
Además, verifica la visa J-1 que te otorgó el consulado. Esta también debería indicar si estás sujeto al requisito de los dos años de presencia física en tu país de origen.
¿Puedo recibir una exención legal para el requisito de volver por 2 años?
Existe la posibilidad de obtener una exención (perdón legal) que te permitiría permanecer en Estados Unidos y solicitar el ajuste de estatus para obtener una Green Card.
Las bases para solicitar esta exención incluyen:
1. Obtener una «declaración de no objeción» por parte del gobierno de tu país de origen. Debes comunicarte con la embajada de tu país para averiguar si pueden emitir esta declaración, la cual indica que no les molesta que permanezcas en Estados Unidos a pesar de que hayan financiado tu programa de intercambio.
2. Demostrar que tu cónyuge o hijo, que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal, enfrentaría dificultades excepcionales si se te niega la Green Card y tienes que regresar a tu país de origen. Por ejemplo, si tu pareja o hijo tiene una condición médica que podría empeorar si te vas o si viajan contigo a tu país de origen, podrías tener sólidas razones para solicitar una exención. Sin embargo, esto no siempre es aplicable y a menudo representa un gran obstáculo al casarse con una visa J-1.
3. Demostrar que enfrentarías persecución si regresas a tu país de origen. Este es un requisito similar a presentar una petición de asilo político, aunque los estándares son más complejos. Deberías poder demostrar que serías perseguido por motivos de raza, religión u opinión política. Sin embargo, no puedes alegar persecución basada en tu nacionalidad o pertenencia a un grupo social específico.
4. Recibir una solicitud por parte de un designado del Programade exenciones Conrad State 30 del Departamento de Salud Pública (o su equivalente). Si eres un médico graduado en el extranjero y se te otorgó una visa J-1 para completar tu formación médica de posgrado en Estados Unidos, puedes obtener esta solicitud si tienes una oferta de trabajo a tiempo completo en una instalación de atención médica en una zona designada con escasez de profesionales o en una instalación de atención médica que atiende a pacientes de dicha zona. Debes comprometerte a comenzar a trabajar dentro de los 90 días posteriores a la obtención de la exención y firmar un contrato para trabajar allí durante al menos tres años a razón de 40 horas semanales.
5. Presentar una solicitud de una agencia gubernamental de Estados Unidos interesada. Si estás trabajando en un proyecto de interés para el gobierno de Estados Unidos, esto podría ser fundamental para que se apruebe tu solicitud de exención.
¿Qué sucede si no tienes que regresar a tu país de origen por dos años?
Si tu visa J-1 no tiene el requisito de regresar a tu país de origen durante 2 años, considera que tienes suerte. Después de casarte con un ciudadano estadounidense, podrás solicitar el ajuste de estatus de inmediato y completar todo el proceso de solicitud de Green Card sin tener que salir de Estados Unidos.
Para solicitar una residencia por matrimonio si ya estás en Estados Unidos, el proceso involucra enviar el formulario I-485 junto con otros formularios, documentos y tarifas a la oficina de Ciudadanía y Servicios Inmigratorios de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).
Deberás enviar estos documentos por correo postal. Después de eso, serás llamado para que colecten tus datos biométricos (huellas dactilares) y luego para una entrevista en tu oficina local de USCIS. Allí, si todo sale bien, tu residencia condicional (por 2 años) será aprobada.
>> RELACIONADO: Documentos que necesitas para la entrevista de la visa J1
¿Qué otras opciones tengo?
Si no quieres o no puedes solicitar el ajuste de estatus, existen otras opciones para regularizar tu situación migratoria en Estados Unidos. Por ejemplo, puedes solicitar una visa de trabajo, una visa de estudiante o puedes hacerte residente a través de otros medios.
En cualquier caso, es recomendable que consultes con un abogado de inmigración antes de tomar cualquier decisión importante que pueda afectar a tu estatus migratorio en Estados Unidos.
Aparte de la información que te hemos mostrado, te aconsejamos que consultes con un abogado de inmigración para que te ayude saber si eres sujeto al requisito de los dos años de residencia en tu país de origen o no, y si lo eres, si puedes cualificar para una exención y cómo puedes aplicar para obtenerla.
Casarte con una visa J-1: Opiniones
Esperamos que nuestra guía sobre si puedes casarte con una visa J-1 o visa de estudio te ayude a obtener todos los detalles para tomar la mejor decisión sobre tu caso de inmigración y puedas tener una mejor idea de tu situación. Recuerda que si tienes alguna duda o pregunta, puedes dejarnos un comentario y te ayudaremos a resolver tus inquietudes.
¿Puedes casarte con una visa J-1? ¿Puedes obtener la residencia al casarte con una visa J-1? Queremos conocer tu opinión. Si has tenido alguna experiencia al casarte con la visa J-1 o visa de intercambio, déjanos un comentario en la sección de abajo y cuéntanos tu anécdota.