Para poder trabajar legalmente en Estados Unidos, necesitas obtener un permiso de trabajo. Ciertas personas pueden aplicar este documento (también conocido en inglés como work permit, Employment Authorization Document o EAD), siempre y cuando califiquen y tengan todos los documentos para obtener este permiso. En esta guía te explicamos cómo calificar y los documentos para el permiso de trabajo en Estados Unidos.
Documentos para obtener el permiso de trabajo: Formulario I-765
Todo empleador en los Estados Unidos debe verificar que todos los empleados, sin tener en cuenta su ciudadanía u origen nacional, están autorizados para trabajar en los Estados Unidos. Ciertos extranjeros temporales en los Estados Unidos pueden aplicar una autorización de empleo (permiso de trabajo) al aplicar con el formulario I-765, junto con los documentos requeridos, como se describe más abajo.
El documento de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) es el documento que prueba como evidencia que el titular está autorizado para trabajar en los Estados Unidos.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos
Un formulario de aplicación separado, tarifas y un conjunto de documentos son requeridos para cada solicitante (incluido tú mismo y cada miembro de tu familia) que califique para obtener una EAD.
- Pago de la tarifa, si aplica. (ver cuánto es la tarifa)Formulario I-765, Aplicación para la autorización de empleo.
- Una copia del formulario I-94, registro de la llegada/salida de un no inmigrante (por delante y por detrás), si está disponible.
- Una copia de tu última EAD (por delante y por detrás), si está disponible.
- Dos fotografías idénticas
- Si se te pide demostrar necesidad económica para tu categoría (listada más abajo), envía una lista de tus bienes, ingresos y egresos.
- E-Notificación: si quieres recibir un e-mail o mensaje de texto diciendo que tu formulario I-765 ha sido aceptado en una instalación de USCIS, completa el formulario G-1145, E-notificación de aceptación de aplicación/petición y adjúntala a la primera página de tu solicitud.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos. Categoría específica
- Basado en el ajuste de estatus
- (c)(9) Ajuste de estatus del solicitante
Una copia del recibo de aviso o de otra evidencia que muestre que tu I-485 está pendiente.
- (c)(9) Ajuste de estatus del solicitante
Puedes llenar el formulario-765 concurrentemente con el formulario I-485.
- (c) (16)- Ajuste del solicitante basado en la residencia continua desde el primero de enero de 1972
Una copia del recibo de aviso o de otra evidencia que muestre que tu I-485 está pendiente.
Puedes llenar el formulario-765 concurrentemente con el formulario I-485.
- Asilado/Refugiado
- (a)(3) Refugiado
Tanto una copia del formulario I-590, registro de la calificación como refugiado, carta de aprobación o copia del formulario I-730, Petición de un familiar Refugiado/asilado, aviso de aprobación - (a)(4) – Libertad condicional como refugiado
Nada extra - (a)(5) Asilado (asilo garantizado)
Una copia de la carta de USCIS, o decisión del juez en la que se te otorga el asilo. No se necesita aplicar para una EAD hasta 90 días antes de la expiración de la actual EAD. - (c)(8) Solicitante de asilo (con una aplicación de asilo pendiente)
- (a)(3) Refugiado
Documentos para el permiso de trabajo: Solicitantes de asilo político
Estos documentos son necesarios si tienes una aplicación de permiso de trabajo por asilo pendiente y presentaste tu aplicación el 4 de enero de 1995 o después
Debes esperar al menos 150 días para llenar para la EAD siguiente el llenado de tu declaración de asilo, de lo contrario será negada. Llena la aplicación EAD con:
- Una copia del reconocimiento del cartero de USCIS, el cual fue enviado a ti, o
- Otra evidencia de que tu formulario I-589 fue entregado a USCIS, o
- Evidencia de que tu formulario I-589 fue entregado con un juez inmigratorio en la oficina ejecutiva para las revisiones inmigratorias (EOIR, por sus siglas en inglés), o
- Evidencia de que tu aplicación de asilo se encuentra bajo revisión administrativa o judicial.
Documentos para el permiso de trabajo: solicitante de asilo (con una aplicación de asilo pendiente)
Si tienes una aplicación de asilo pendiente y NO te encuentras en procedimientos de deportación, necesitarás estos documentos
Si presentaste tu solicitud para asilo y suspensión de la deportación (formulario I-589) antes del 4 de enero de 1995 y te encuentras en procesos de deportación, rellena tu aplicación a la EAD con:
- Una copia con fecha estampada de tu formulario I-589 anterior lleno, o
- Una copia del formulario I-221, Orden para demostrar causa y aviso de la audiencia, o formulario I-122, aviso para el solicitante para admisión detenida por la audiencia ante un juez inmigratorio, o
- Una copia del EOIR-26, Aviso de apelación, con fecha estampada por la oficina del juez inmigratorio, o
- Una copia con fecha estampada de la petición para revisión judicial o para habeas corpus emitido a la aplicación de asilo, o
- Otra evidencia que hayas entregado una aplicación de asilo al EOIR.
Documentos para el permiso de trabajo: Aplicación de asilo bajo el acuerdo de solución ABC – (c)(8)
Estos documentos son necesarios para obtener el permiso de trabajo en Estados Unidos si eres un guatemalteco o salvadoreño elegible para beneficios bajo el acuerdo de solución ABC, Iglesias Baptistas Americanas.
Debes tener una aplicación de asilo (formulario I-589) en archivo tanto con USCIS o con un juez inmigratorio para recibir una autorización de trabajo. Por lo tanto, por favor presenta evidencia de que previamente has llenado para una aplicación de asilo cuando presentes tu aplicación para la EAD.
No se te pide que presentes esta evidencia cuando apliques, pero ayuda a USCIS procesar tu solicitud eficientemente.
Si estás renovando o reemplazando tu EAD, debes pagar la tarifa de presentación.
Escribe “ABC” en la esquina superior izquierda de tu aplicación EAD. Debes identificarte como un miembro ABC.
Tienes derecho a una EAD sin tomar en cuenta los méritos de tu declaración de asilo. Tu aplicación para una EAD será decidida dentro de 60 días si: (1) pagas la tarifa de presentación, (2) tienes una aplicación de asilo completa y pendiente en archivo, y (3) escribes “ABC” en la esquina superior izquierda de tu aplicación por una EAD.
Si no pagas la tarifa de presentación para una solicitud inicial de EAD, tu solicitud puede ser negada si USCIS se entera de que tu aplicación de asilo es frívola. Sin embargo, si no puedes pagar la tarifa de presentación para una EAD, puedes calificar para una exención de la tarifa.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo según tu nacionalidad
- (a)(8) Ciudadano de los Estados Federados de Micronesia (CFA/FSM), las Islas Marshall (CFA/MIS) o Palaos
Si fuiste admitido a los Estados Unidos como ciudadano de estos países, de conformidad con los acuerdos entre los Estados Unidos y los antiguos territorios en fideicomiso. - (a) (11) Salida forzada diferida (EAD)/Salida voluntaria extendida
Evidencia de tu identidad y nacionalidad - (a) (12) Estatus temporal protegido
Presentarlo con el formulario I-821, Aplicación para el estatus temporal protegido. Para una EAD inicial basada en el estatus temporal protegido, incluir evidencia de la identidad y nacionalidad como es requerido por el formulario I-821. - (c) (19) Beneficios de tratamiento temporal
Evidencia de tu identidad y nacionalidad como es requerido por el formulario I-821- Extensión de un estatus de TPS:
Una copia (por delante y por detrás) del último documento disponible de TPS: EAD, Formulario I-94 o aviso de aprobación. - Registro para el TPS solo sin autorización de empleo:
Llenar el formulario I-765, Formulario I-821, y una carta indicando que este formulario es solamente para propósitos de registro. En este caso no se requiere el pago de la tarifa de presentación EAD.
- Extensión de un estatus de TPS:
- (c) (10) Sección 2013 NACARA, los solicitantes son elegibles para aplicar por el perdón NACARA con USCIS
- Si son elegibles, llenar el formulario I-765 al mismo tiempo con el formulario I-881.
- Si ya has presentado el formulario I-881, aún puedes llenar el formulario I-765 basado en eso. Si la solicitud para el formulario I-881 aún está pendiente, puedes aplicar para una renovación de la EAD.
- (c)(2) Dependiente del No inmigrante TECRO E-1
Certificación requerida para el Instituto Americano en Taiwán si eres el cónyuge, o un hijo dependiente no casado de un empleado E-1 de la oficina económica y cultural representativa de Taipéi.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo para estudiantes extranjeros
- (c)(3)(A), (c)(3)(B), (c)(3)(C), estudiante F-1 buscando OPT (Entrenamiento práctico opcional, por sus siglas en inglés) en una ocupación relacionada directamente con los estudios
Adjunta el certificado de elegibilidad de estatus de estudiante no inmigrante (F-1) (Formulario I-20 A-B/I-20 ID) endosado por un oficial de una escuela designada dentro de los últimos 30 días. - (c)(3)(A) Pre finalización de entrenamiento práctico opcional
- (c)(3)(B) Post finalización de entrenamiento práctico opcional
- (c)(3)(C) Extensión de 17 meses para estudiantes de STEM (estudiantes con un grado en Ciencias, Tecnología, Ingeniería o Matemática, por sus siglas en inglés).
- Una copia de tu grado que refleje el grado obtenido, así como tu campo principal de estudios
- El nombre del empleador listado en el proceso de E-verify, junto con el número de identificación de la compañía en E-verify, o un número de identificación de cliente de compañía de E-verify válido, para el empleador con el que cual estás buscando la extensión de OPT por 17 meses. Esta información debe ser otorgada en el ítem número 17 del formulario de aplicación.
- (c)(3)(ii) Estudiante F-1 que se le fue ofrecido empleo fuera del campus bajo el patrocinio de una organización internacional cualificada
- La carta de certificación de la organización internacional que el empleo propuesto está dentro del alcance del patrocinio.
- Un certificado de elegibilidad del estatus de estudiante no inmigrante (F-1) para estudiantes de idiomas y académicos (Formulario I-20 A-B/I-20 ID) endosado por un oficial de una escuela designada dentro de los últimos 30 días.
- (c)(3)(iii) Estudiante F-1 que está buscando empleo fuera del campus debido una dificultad económica severa
- Un certificado de elegibilidad del estatus de estudiante no inmigrante (F-1) para estudiantes de idiomas y académicos.
- Cualquier evidencia que desees presentar, tal y como declaraciones juradas que detallen las circunstancias económicas no previstas que causan tu solicitud.
- Evidencia de que has intentado buscar empleo fuera del campus con un empleador que haya presentado un testimonio de labor y salario.
- (c)(5) Cónyuge J-2 o hijo menor de un visitante de intercambio
- Una copia del formulario DS-2019 o del formulario IAP-66 (extranjero principal del J-1) certificado de elegibilidad para el J-1 (estatus de visitante de intercambio).
- Una declaración escrita, con cualquier evidencia que la apoye de que empleo no es necesario para apoyar al J-1 pero sí lo es para otras razones.
- (c)(6) Estudiante M-1 buscando un entrenamiento práctico luego de haber completado sus estudios
- Formulario I-539, Aplicación para cambiar/extender el estatus de no inmigrante
- Formulario I-20 MN, certificado de elegibilidad de no inmigrante (M-1) estatus de estudiante para estudiantes vocacionales endosado por el oficial de una escuela designada dentro de los últimos 30 días.
Documentos para el permiso de trabajo: Dependientes elegibles de empleados de misiones diplomáticas, organizaciones internacionales o la OTÁN
- (c)(1) Dependiente de un A-1 o A-2 Oficiales de gobiernos extranjeros
Formulario I-566, Registro inter-agencias de solicitud individual de cambio o ajuste para o desde un estatus G o A. O solicitar A, G o la autorización de empleado dependiente de la OTÁN, a través de tu misión diplomática al departamento de Estatus (DOS, por sus siglas en inglés). El DOS reenviará todas las aplicaciones favorables endosadas directamente al centro de servicios de Nebraska para su adjudicación. - (c)(4) Dependiente de un no inmigrante G-1, G-3, o G-4
Formulario I-566, Registro inter-agencias de solicitud individual de cambio o ajuste para o desde un estatus G o A. O solicitar A, G o la autorización de empleado dependiente de la OTÁN, a través de tu misión diplomática al departamento de Estatus. En la ciudad de Nueva York, las naciones unidas y las misiones de las naciones debería presentar tales aplicaciones a la misión de las Naciones Unidos (USUN). DOS o USUN reenviará todas las aplicaciones favorables endosadas directamente al centro de servicios de Nebraska para su adjudicación. - (c)(7) Dependiente de un OTÁN-1 a través de un OTÁN-6
Formulario I-566, Registro inter-agencias de solicitud individual de cambio o ajuste para o desde un estatus G o A. O solicitar A, G o la autorización de empleado dependiente de la OTÁN a esta dirección:NATO SACLANT,
7857 BLANDY ROAD, C-027
SUITE 100,
NORFOLK, VA 23551, 2490.NATO/SACLANT reenviará todas las aplicaciones favorables endosadas directamente al centro de servicios de Nebraska para su adjudicación.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo: Visa de empleo no inmigrante
- (c)(17)(i) No inmigrante B-1 que es el sirviente personal o doméstico de un empleado no inmigrante
- Evidencia de que tu empleador es un no inmigrante B, E, F, H, I, L, M, O, P, R, o TN y de que fuiste empleado por al menos un año por este empleador antes de que entrara a los Estados Unidos o tu empleador regularmente emplea a sirvientes domésticos y personales y lo ha hecho por un período de años antes de venir a los Estados Unidos
- Evidencia de que tú has tanto trabajado para este empleador como un sirviente personal o doméstico por al menos un año, o evidencia de que tú tienes al menos un año de experiencia como sirviente personal o doméstico.
- Evidencia que establezca que tienes una residencia en el extranjero con la que no tienes ninguna intención de abandonarla.
- (c) (17) (ii) No inmigrante B-1 que es el sirviente personal o doméstico de un ciudadano de los Estados Unidos
- Evidencia de que tu empleador es un ciudadano de los Estados Unidos
- Evidencia de que tu empleador tiene una residencia permanente en el extranjero o está sitiado fuera de los Estados Unidos y está visitando temporalmente los Estados Unidos o la asignación actual del ciudadano en los Estados Unidos no será mayor a cuatro años.
- Evidencia de que te ha dado empleado como un sirviente doméstico en el extranjero por al menos durante seis meses antes de tu admisión a los Estados Unidos.
- (c) (17) (iii) No inmigrante B-1 empleado por una Aerolínea extranjera
Una carta de la aerolínea en la que se describa por completo tus tareas y que indique con cual posición se te titulará para un estatus de no inmigrante E excepto por el hecho de que no eres un nacional del mismo país que la aerolínea o porque no existe un tratado de comercio y de navegación efectivo entre los Estados Unidos y ese país. - (a) (17) Cónyuge de un Inversor o Comerciante E-1/E-2
Evidencia de tu estatus legal y evidencia de que eres cónyuge de un L-1 principal, tal y como puede ser tu formulario I-94 (otros familiares o dependientes de extranjeros L-1 que se encuentran en estatus L no son elegibles). - (a) (18) Cónyuge de un L-1 transferido de una compañía
Evidencia de tu estatus legal y evidencia de que eres cónyuge de un L-1 principal, tal y como puede ser tu formulario I-94 (otros familiares o dependientes de extranjeros L-1 que se encuentran en estatus L no son elegibles).
Tanto para el (a) (17) como para el (a) (18) la tarjeta de autorización de empleo será válida por el período de admisión/estatus, pero no excederá los dos años. El solicitante puede reaplicar por una nueva EAD antes (o después) de la expiración del período de los dos años. Adicionalmente, el cónyuge dependiente puede llenar el formulario I-765 al mismo tiempo que el I539, aplicación para extender o cambiar el estatus de no inmigrante.
Documentos para el permiso de trabajo: Visa no inmigrantes con petición de familia
- (a)(6) prometida no inmigrante K-1 de un ciudadano de los Estados Unidos o dependiente K-2
Presenta tu aplicación EAD si estás llenándola dentro de los 90 días desde la fecha de entrada. Esta EAD no puede ser renovada. Cualquier aplicación de EAD distinta de una para reemplazar debe ser basada en tu aplicación pendiente de ajuste bajo el (c)(9). - (a)(9) Cónyuge no inmigrante K-3 de un ciudadano de los Estados Unidos o un dependiente K-4
Evidencia de tu admisión, tal y como copias de tu formulario I-94, pasaporte y visa K. - (a) (13) Programa unitario de la familia
Presenta tu aplicación para la EAD con una copia del aviso de aprobación, si se te ha garantizado el estatus bajo este programa. Puedes escoger presentar tu aplicación EAD al mismo tiempo con tu formulario I-817, aplicación para la salida voluntaria bajo el programa unitario de la familia.
A USCIS le puede tomar hasta 90 días desde la fecha en la que tuvieron el estatus garantizado bajo el programa unitario de la familia para adjudicar tu aplicación de EAD. Si se te negó el estatus de familia unitaria solamente porque tu cónyuge o padres legalizados aplicaron primero bajo los programas de legalización/SAW después del 5 de mayo de 1988, presenta tu aplicación EAD con una nueva aplicación del formulario I-817 y una copia de la negativa original.
Sin embargo, si tu aplicación para la EAD está basada bajo la continua elegibilidad (c) (12), por favor refiérela al extranjero deportable que se le otorgó la salida voluntaria. - (a) (14) Unidad Familiar LIFE
Si estás aplicando para una EAD según lo establecido para las provisiones de la Unidad Familiar de la sección 1504 de las enmiendas de la ley LIFE, o una extensión de tal autorización, no uses este formulario. Por el contrario, usa el formulario I-817, aplicación para los beneficios de unidad familiar. Si estás aplicando para un reemplazo de la EAD que fue emitida según lo establecido en las enmiendas de la ley LIFE Provisiones de la unidad familiar, presenta tu aplicación para la EAD con la evidencia solicitada. - (a) (15) no inmigrante V-1, V-2, o V-3
- Si entraste a los Estados Unidos con una visa V válida, evidencia de tu admisión, tal y como es la copia del formulario I-94, pasaporte y V visa.
- Si se te ha garantizado el estatus V mientras estás en los Estados Unidos, evidencia de tu estatus V como lo es un aviso de aprobación.
- Si estás en los Estados Unidos, pero aún no has llenado una aplicación para el estatus V puedes llenar una aplicación EAD al mismo con una aplicación del estatus V. USCIS adjudicará la aplicación para la EAD después de adjudicar tu aplicación para el estatus V.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos: Otros
- (a)(7) N-8 o N-9 no inmigrante
Nada adicional - (a) (10) Retención de la deportación otorgada
Una copia de la orden del juez inmigratorio. No es necesario aplicar para una renovación de la EAD hasta los 90 días antes de la expiración de tu actual EAD. - (c) (10) Solicitante para la suspensión/cancelación
Evidencia de que tu formulario I-881 aplicación para la suspensión de la deportación, o cancelación de remoción o tu EOIR-40 está pendiente - (c) (11) Libertad condicional en el interés público
Si se te otorgó libertad condicional dentro de los Estados Unidos por razones emergentes o razones estrictamente relacionadas con el interés público. - (c) (14) Acción diferida
Una copia de la orden, aviso o documento en el que se te coloque en acción diferida y evidencia de establecer necesidad económica para una EAD. - (c) (18) Orden final de deportación
Una copia de la orden de supervisión y una solicitud para la autorización de empleo la cual debe estar basada en, pero no limitada a:- Existencia de un cónyuge o hijo dependiente en los Estados Unidos que depende en ti para el apoyo
- Existencia de necesidad económica para ser empleado
- Duración anticipada de tiempo antes de que puedas ser deportado de los Estados Unidos
- (c) (24) Legalización del solicitante por LIFE
Se te incentiva a rellenar EAD al mismo tiempo con la aplicación I-485. Sin embargo, puede que rellenes el formulario I-765 en una fecha posterior con la evidencia de que eres un solicitante de miembro de clase CSS, LULAC, o Zambrano antes del 1 de octubre de 2000 y con una copia del aviso de recibo u otra evidencia de que tu formulario I-485 está pendiente. - (a) (16) No inmigrante T-1
Si no solicitaste una autorización de empleo cuando aplicaste para el estatus no inmigrante T, usa este formulario para una EAD inicial. Para renovación/reemplazo de una EAD, incluye evidencia de tu estatus T, tal como lo es un aviso de aprobación. - (c) (25) No inmigrantes T-2, T-3, T-4
Una copia de tu aviso de aprobación T-1 (del extranjero principal) y una prueba de tu relación el principal T-1.
Documentos para el permiso de trabajo en Estados Unidos: tarifas
Tarifa de aplicación: la tarifa de aplicación debe ser enviada con la aplicación
Tarifa biométrica: Si tienes entre 14 y 79 años de edad, necesitas pagar una tarifa de servicios biométricos para que USCIS capte tus huellas dactilares, si aún no han captado tus huellas dactilares para algún otro beneficio inmigratorio (tal y como una I-485 pendiente).
Las tarifas de presentación no son requeridas para:
- EAD inicial bajo las siguientes categorías:
- Refugiado (a)(3)
- Libertad condicional como refugiado (a)(4)
- Asilado (a)(5)
- No inmigrantes N-8 o N-9 (a)(7)
- Ciudadanos de Micronesia, Islas Marshall o Palaos (a)(8)
- Retención garantizada de la deportación (a) (10)
- Salida forzada diferida (a) (11)
- Víctima de una forma severa de contrabando (T-1) (a) (16)
- (c)(1), (c)(4), (c)(7) dependiente de ciertos gobiernos extranjeros, organizaciones internacionales o personal de la OTÁN
- (c)(8) aplicación para asilo (una solicitante presentando bajo los procedimientos especiales ABC debe pagar la tarifa)
- Renovación de una EAD bajo las siguientes categorías:
- Ciudadanos de Micronesia, Islas Marshall o Palaos (a)(8)
- Retención garantizada de la deportación (a) (10)
- Salida forzada diferida (a) (11)
- (c)(1), (c)(4), (c)(7) dependiente de ciertos gobiernos extranjeros, organizaciones internacionales o personal de la OTÁN
- Reemplazo de una EAD bajo las siguientes categorías:
- (c)(1), (c)(4), (c)(7) dependiente de ciertos gobiernos extranjeros, organizaciones internacionales o personal de la OTÁN
Si estás presentando esta aplicación al mismo tiempo con el formulario I-485, aplicación para la residencia permanente, no se necesita de una tarifa para este formulario. Desde el 30 de julio de 2007, si presentas el formulario I-765 separado, también debes enviar una copia de tu formulario I-797C, aviso de acción, como recibo de evidencia de llenar tu formulario I-485.
Si estás presentando para una extensión de tu autorización de empleo y de tu formulario I-485, aplicación para la residencia permanente, que fue llenada antes del 30 de julio de 2007, entonces debes pagar la tarifa de presentación de 380 dólares.
Permiso de trabajo en Estados Unidos: Rellenando la solicitud
Haz una copia del paquete entero (incluyendo los chequees, órdenes de dinero para las tarifas) antes de que la envíes. Mantén contigo todos los originales. Envía copias de documentos originales. USCIS puede pedirte para verificarlos al emitir una Solicitud para evidencia (RFE, por sus siglas en inglés). Si recibes una REF, también haz una copia de todo lo que mandes. La localización de envío depende de lo que hayas colocado en la pregunta 16.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos. E-Filing
La aplicación I-765 para la EAD puede ser tanto llenada en papel como por E-filing.
Las personas normalmente pensarían que E-filing sería mucho más eficiente y proveería una adjudicación más rápida de las aplicaciones. Sin embargo, prácticamente, no existe ninguna diferencia entre hacer el llenado en papel como el e-filing de una I-765, dado que la aplicación será adjudicada en la orden de recibo. (Te ahorrarás entre 1 o 3 hasta 4 días de entrega postal cuando aplicas online).
El rellenado online solicita viajes adicionales a ASC para hacerse las fotos y captar las huellas dactilares, así como también requiere enviar la documentación requerida por correo postal luego de presentar la aplicación online, esta no produce mucho incentivo.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos. Presentación simultánea de I-140/I-485
Existen varias reglas específicas que aplican para la emisión de un EAD para aquellos que hacen presentación simultánea de las aplicaciones I-140/I-485
- Un solicitante puede aplicar para un permiso de trabajo tanto en conjunto con una aplicación I-485 en cualquier momento después de que esté pendiente una aplicación I-485. Si la EAD no es emitida por el centro de servicios de USCIS dentro de los 90 días, un solicitante puede obtener una EAD provisional en la oficina local del distrito.
- El reloj de los 90 días se detiene cuando el centro de servicio emite el RFE para evidencia inicial con la referencia de la I-140 subyacente. Cuando la evidencia inicial solicitada es recibida por el centro de servicio, el reloj de los 90 días empieza a contar de nuevo. El tiempo previamente suspendido no cuenta en la cuenta de los nuevos 90 días.
- El permiso de trabajo es emitido como “válido desde la fecha de decisión” y no regresa la fecha de expiración del permiso de trabajo actual, si estás renovando un permiso de trabajo. Si existe un espacio entre dos permisos de trabajo, y si el solicitante trabaja durante ese período, eso sería considerado un empleo no autorizado.
Recordando las reglas ya mencionadas, es recomendable llenar para una EAD también cuando se llene la aplicación I-485, incluso si tienes una visa H1/L1 válida/no expirada. Obtener una EAD no te pone en el estatus EAD, pero usarla sí.
En el caso de que la persona sea despedida y en el caso de que la persona sea elegible para un AC21 y un nuevo empleador desea hacer un C 21, pero no desea rellenar una nueva petición H1, la EAD será muy útil. En el caso de que la persona llegue al límite de los 6 años con una H1B, en ese caso, la EAD sería muy útil.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos. Números de seguridad social
Si planeas trabajar basándote en una EAD y si aún no tienes un número de seguridad social (o si lo tienes y no es válido para trabajar, lo cual sería el caso si recibiste un SSN en una visa H4/L2 antes de que la regla fuese cambiada para no emitir SSN a los titulares de visas H4/L2), necesitas aplicar para el número de seguridad social antes de que puedas trabajar. Deberías cargar tu tarjeta de EAD y tu pasaporte contigo.
Documentos necesarios para el permiso de trabajo en Estados Unidos. Post Emisión
Renovación del permiso de trabajo
Las personas elegibles pueden aplicar para renovar una EAD antes o después de la expiración de la previa EAD emitida bajo la misma categoría.
No puedes aplicar para la renovación de una EAD con más de 120 días antes de que el permiso de trabajo original expire.
El procedimiento para presentar una renovación de una EAD es la misma que una EAD nueva, excepto que necesitas proveer la copia (por delante y por detrás) de la EAD anterior mientras estás aplicando.
Permiso de trabajo provisional
Si aún no has recibido una decisión dentro de los 90 días (30 días para las aplicaciones basadas en el asilo) de recibo de una EAD propiamente presentado o de una después del 4 enero de 1995, puedes obtener una EAD provisional por presentarte en personas en una oficina local de USCIS.
Debes traer prueba de tu identidad y cualquier aviso que hayas recibido de USCIS relacionado con tu aplicación para la EAD, tal como es el aviso de recibo de la aplicación para la EAD. La EAD provisional será otorgada por un período que no excede los 240 días y está sujeta a las condiciones remarcadas en el documento.
Reemplazo de un permiso de trabajo
Puede ser emitida para un solicitante elegible cuando la EAD previamente emitida haya sido perdida, robada, mutilada o contiene información errónea, como lo puede ser un nombre mal escrito.
¿Quién es elegible para obtener el permiso de trabajo?
Si eres un ciudadano de los Estados Unidos, residente permanente legal (titular de una Green card) o un residente condicional, no necesitas una EAD para trabajar en los Estados Unidos. Tu ciudadanía de los Estados Unidos o tu Green card son una prueba de autorización de trabajo en los Estados Unidos.
Si estás autorizado para trabajar para un empleador en específico, como un gobierno extranjero, no necesitas una EAD. Tu pasaporte y tu formulario I-94, registro de llegada/salida, prueba que esa es tu autorización para trabajar en los Estados Unidos.
Los no inmigrantes en una amplia variedad de categorías son elegibles para aplicar para un permiso de trabajo o EAD. Notablemente, los titulares de visas H4 no son elegibles para optar por un EAD hasta que apliquen por el formulario I-485.
Si estás planeando trabajar usando un permiso de trabajo, necesitas tener este documento antes de que puedas empezar a trabajar. El simple mensaje de aprobación en tu teléfono no es suficiente.
Documentos para obtener el permiso de trabajo: Opiniones
Esperamos que nuestra guía sobre los documentos necesarios para obtener el permiso de trabajo te ayude a obtener todos los detalles que debes saber sobre este tema y puedas empezar a trabajar cuánto antes. Recuerda que, si tienes cualquier duda o pregunta, puedes dejarnos un comentario y te ayudaremos a salir de tu inquietud.
¿Qué documentos necesito para tramitar un permiso de trabajo en USA? ¿Cuáles son los documentos para obtener el permiso de trabajo en Estados Unidos? Queremos saber tu opinión. Si has tenido alguna experiencia (buena o mala) al obtener tu permiso de trabajo, déjanos un comentario en la parte de abajo y cuéntanos tu anécdota.